@article{Maraniello_2014, title={Tensione y diálogos entre la corte suprema de justicia y los poderes politicos}, volume={20}, url={https://revistas.direitosbc.br/fdsbc/article/view/51}, abstractNote={La Ciencia Política ha sostenido, desde John Locke y Montesquieu en adelante,que la mejor manera de controlar el poder del Estado es separarlo en diversas ramas opoderes, que corresponden a las funciones naturales y básicas de todo Estado: la legislativa,la ejecutiva y la judicial. Esta idea, valiosa en sí misma, supone que los tres poderesdel Estado son jerárquicamente iguales.En una República, además de existir una división de poderes o de funciones(como lo considera una parte de la doctrina) existen los llamados controles recíprocos,donde cada poder del Estado es controlado por los otros dos restantes, siempre que estemosen una división tripartita.En esta tarea, si bien sencilla, por medio de normas se establecen las potestadesy las obligaciones de cada poder del Estado, pero en la práctica no resulta así, pues cadauno en su función diaria, consciente o inconscientemente en ejercicio de su rol institucional,encandilado por una elección popular o por prestigios personales, muchas vecesestira a su máxima capacidad sus límites, produciendo de este modo, seguramente, unainvasión ilegítima e irracional, ejerciendo facultades que le corresponden a otro poderdel Estado; la consecuencia de todo ello se la conoce comúnmente como conflicto depoderes.}, journal={Revista da Faculdade de Direito de São Bernardo do Campo}, author={Maraniello, Patricio Alejandro}, year={2014}, month={nov.} }